Autor: Virgen Victorino Profesor: Geovanny Vicente Romero
El nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria se
fundamenta jurídicamente en la ley 224-84 sobre régimen penitenciario y en los
Tratados y Acuerdos internacionales sobre la materia. Desde el punto de vista
doctrinal acoge el concepto de la justicia restaurativa como un instrumento de
mejoramiento de la vida social, a la vez
que es un componente valioso de la política de seguridad pública. Promueve la
participación de los sectores fundamentales de la sociedad y se apoya en ellos
como garantía de la sostenibilidad de la reforma. Es receptivo a las buenas
prácticas penitenciarias extranjeras y al apoyo internacional armónicas con
nuestras peculiaridades nacionales, mientras que se desenvuelve en el marco de
la normativa internacional penitenciaria y de los Derechos Humanos
El Modelo de Gestión Penitenciaria persigue
humanizar las prisiones mediante la aplicación
de un sistema progresivo de
tratamiento a las personas privadas de
libertad, culminando con la atención
post-penitenciaria a los excarcelados para estimular su adaptación social y prevenir su reincidencia,
contribuyendo así a la reducción de la
criminalidad y de la violencia y propiciando una sociedad más segura.
Las bases del sistema
progresivo se sustentan en El Tratamiento Penitenciario que se
aplica a toda persona que ingresa a los
Centros de Corrección y Rehabilitación –CCR- con la aplicación de la primera
Fase de Observación para examinar su situación jurídica y evaluar su nivel
educativo, así como el entorno familiar, laboral y comunitario; también incluye
una evaluación psicológica y de salud en general. Esta primera fase culmina con
la elaboración de un programa integral de tratamiento individualizado o
protocolo unificado del interno.
La Segunda Fase del Tratamiento Penitenciario se ejecuta metódicamente con evaluaciones periódicas, mediante un
programa de iniciativas educativas y
ocupacionales, así como terapias y actividades, en un marco de respeto a
la dignidad humana y bajo un régimen de disciplina, todas contenidas en el
reglamento de los deberes y derechos de
la persona interna que es entregado y se
explica individualmente desde el ingreso
al CCR.
La Tercera Fase del Tratamiento Penitenciario es la de Prueba y se
aplica cuando los resultados de la fase anterior permiten el inicio de grados
de confianza y auto responsabilidad vigilada,
incorporando a las personas
internas a nuevos niveles de compromiso
en las actividades educativas, laborales y otras dentro de los CCRs de
cara al tiempo de pre-libertad, preparándolas
para su nueva vida en sociedad.
En la actualidad funciona un
CCR semi- abierto en Haras Nacionales con capacidad para 70 internos, a la vez que se han iniciado los preparativos
para el primer CCR abierto para mujeres.
En fase de la Atención Post Penitenciaria los ex internos reciben este
servicio en diez Casas del Redentor dirigidas por personal religioso y
técnico-profesional, con el co-auspicio de la Procuraduría General de la
República y la ayuda de entidades y personas de buena voluntad.
La
implementación del nuevo sistema penitenciario en el país elimina el concepto
de cárceles para convertirlas en Centros de Corrección y Rehabilitación, y a
los presos, en personas privadas de libertad o internos.
Sustituye
los policías por Agentes de Vigilancia y Tratamiento Penitenciario (VTP),
capacitados en una escuela especializada, ubicada en el Castillo del Cerro, San
Cristóbal.
“La base
de este nuevo sistema está centralizada en el respeto a los derechos y a la
dignidad humanas de las personas privadas de libertad“.
En
esta ocasión me tocó hacer un ensayo sobre lo visto en un viaje estudiantil, en
el que teníamos que realízale una encuesta a los internos, otras es que a través de esto pude percibir
que no todo es color de rosas.
Cada interno
tiene una forma diferente de pensar y pude notar que aunque era un modelo donde
no se admitían ciertos tratos, algunos de ellos, por no decir la mayoría, desde
sus puntos de vista me reflejaban lo que
verdaderamente pasa en esta que debería ser una cárcel modelo.
En primer lugar
me llamó mucho la atención que en una primera oportunidad que tuve de visitar
Najayo hombre y Najayo mujeres, donde una era nuevo modelo y la otra no, en
cada una se sentía una gran diferencia, pues nos dieron un recorrido por sus
instalaciones en la que una era incomparable con la otra.
En la visita al
Nuevo modelo implementado en San Pedro de Macorís no hicimos un recorrido, lo
que para mi resultó extraño, una vez empezamos a realizar las preguntas me
llamo la atención que los encuestados por mi persona me hablaban de un lugar que
le llaman ¨ La Plancha¨, donde según ellos era el lugar donde se realizaban
torturas, increíble.
Es de suponerse que
en este nuevo modelo este tipo de actos están prohibidos, pero ellos hablaban
con tanta seguridad que no dudé en creerle. Cada uno me contaba su historia, quedé
sorprendida pues nunca había tenido un
trato tan cercano con estas personas, y desde ese día pude notar que nunca se
puede juzgar a una persona por un hecho,
pues no sabemos que esta demás llevo a
cometerlo.
En ese sentido puedo
decir que este viaje me cambió totalmente forma de ver las cosas, no pudimos
dar el recorrido por las instalaciones del penal, pero a través de los internos
pude visualizar desde su óptica la realidad de este centro.
Lo que más me
impacto y será una incógnita para mi es saber si en verdad estas personas son
abusadas físicamente por parte de unos funcionarios que debería de ser humanos,
no estoy de acuerdo con este tipo de tratos, pues, por haber cometido un hecho,
no dejan de ser personas, las cuales quizás no querían hacerlo pero causaron un
daño a la sociedad y están pagando por ello.
El punto
neurálgico del sistema carcelario para efectuar este cambio consistió en la
capacitación del recurso humano adecuado. La Procuraduría General de la
República dio su primer paso con la creación de la Escuela Nacional
Penitenciaria y la reconstrucción y mejoramiento de la estructura física de
varios recintos penitenciarios.
Este
proyecto abarca nueve (9) centros rehabilitados y modernizados: Elías Piña,
Dajabón, San Felipe, de Puerto Plata; Najayo Mujeres, en San Cristóbal; Rafey
Hombres y Mujeres, de Santiago; Baní, Mao, Valverde; Monte Plata, Pedernales y
en Haras Nacionales, un centro modelo de régimen abierto.
Actualmente,
República Dominicana cuenta con 35 recintos carcelarios; la mayoría corresponde
al diseño propio de la cultura de castigo y tortura que data de la época de
Trujillo, como La Victoria y El 15 de Azua. La población carcelaria actual es
de 15,569 personas, lo que significa que estos cambios deben ser continuados
sin retrocesos, para abarcar mayor cantidad de cárceles y reclusos.
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Partiendo de un punto la implementación del nuevo sistema penitenciario en el país elimina el concepto de cárceles para convertirlas en Centros de Corrección y Rehabilitación, y a los presos, en personas privadas de libertad o internos.
ResponderEliminarSu base se centralizada en el respeto a los derechos y a la dignidad humanas de las personas privadas de libertad.
Según la ley 224-84 sobre régimen penitenciario y en los Tratados y Acuerdos internacionales se acoge el concepto de la justicia restaurativa como un instrumento de mejoramiento de la vida social, a la vez que es un componente valioso de la política de seguridad pública. Promueve la participación de los sectores fundamentales de la sociedad y se apoya en ellos como garantía de la sostenibilidad de la reforma.
El nuevo modelo persigue humanizar las prisiones mediante la aplicación de un sistema progresivo de tratamiento a las personas privadas de libertad, culminando con la atención post-penitenciaria a los excarcelados para estimular su adaptación social y prevenir su reincidencia, contribuyendo así a la reducción de la criminalidad y de la violencia y propiciando una sociedad más segura.
Toda persona ingresada en el centro correccional se les aplican las bases del sistema progresivo en la cual se sustentan en El Tratamiento Penitenciario como es la primera Fase de Observación para examinar su situación jurídica y evaluar su nivel educativo, así como el entorno familiar, laboral y comunitario; también incluye una evaluación psicológica y de salud en general. Esta primera fase culmina con la elaboración de un programa integral de tratamiento individualizado o protocolo unificado del interno.
ResponderEliminarLa Segunda Fase del Tratamiento Penitenciario se ejecuta metódicamente con evaluaciones periódicas, mediante un programa de iniciativas educativas y ocupacionales, así como terapias y actividades, en un marco de respeto a la dignidad humana y bajo un régimen de disciplina.
La Tercera Fase del Tratamiento Penitenciario es la de Prueba y se aplica cuando los resultados de la fase anterior permiten el inicio de grados de confianza y auto responsabilidad vigilada, incorporando a las personas internas a nuevos niveles de compromiso en las actividades
Según la escritora del articulo visitó en conjunto a sus compañeros uno de los centros en donde tuvo la oportunidad de hacerle preguntas a los internos, en donde aquellos respondían con discreción a lo que deben enfrentarse dia a dia, nada es como aparenta allí cada quien debe marcar su territorio mientras que otros se manejan con buen comportamiento para que puedan ser premiados, según lo leído pude observar que existe una división en donde físicamente el nuevo modelo es un avance pero de manera personal entre todo lo oculto hay un gran retraso.