Autor: Lorianne G. Ryan Young Profesor: Geovanny Vicente Romero
Cuando hablamos de víctima en el sentido estricto de
la palabra nos referimos a aquella persona que sufre un daño físico,
psicológico y material ocasionado por otra persona. Planteo la interrogante como
tema, ya que una gran parte de la sociedad no asimilan que los internos
pudiesen ser víctimas antes y después de su ingreso al centro, los mismos son tachados como escorias de la sociedad,
sin que en sus mentes existiese la posibilidad de que una percepción más alentadora pudiera ser
asociada a la persona del interno. Sin temor a equivocarme no solo la condición
de ´´victimas´´ se da antes y después de
su ingreso, sino a la salida del centro penitenciario, inmediatamente se
convierten en víctimas, primero, por la sociedad que no perdona y son discriminados sin piedad
y segundo, por el Estado que no proporciona los medios para la
reinserción eficaz del individuo.
El sentir de muchos es que el fin es el aspecto
sancionador y que la misma se cumpla
bajo condiciones infrahumanas y esto
tiene como consecuencia la educación de la que es receptora la sociedad a
través de los años, no sabiendo que cuando una persona comete un ilícito penal
son varios aspectos los que influyen y que el fin del castigo no debe ser la
pena, sino el hecho de regenerar al individuo para que pueda reinsertase en la
sociedad y serle útil a la misma.
Los centros penitenciarios en nuestro país eran una
especie de criaderos de animales, cuya única voluntad era la incapacidad del ser
humano, siendo humanos estábamos sumergidos en una franca violación de los
derechos fundamentales los cuales son inherentes al ser humano. Pero es de gran
satisfacción la implementación del sistema modelo penitenciario, sistema que
sin lugar a dudas ha revolucionado y evolucionado el derecho penitenciario. Y
es que en el tema de humanidad en la
República Dominicana, con el nuevo modelo penitenciario crecemos paso a paso y le
otorga condiciones dignas al interno, el cual no solo beneficia de manera interna sino también a la
colectividad.
Al acudir al centro
modelo de la ciudad de San Pedro de Macorís, desde su inicio se pudo observar
la organización de las visitas al centro, donde fuimos requisados por el
personal y entregamos nuestras identificaciones, luego entramos al comedor de
manera organizada y realizamos una encuesta donde estábamos circunscritos a un
cuestionario y pudimos recolectar informaciones sobre la ´´´victimización de
los internos´´ en el cual parpamos el
sentir con sus intensas palabras e identificamos lo que viven y lo que vivieron antes de su
ingreso al centro penitenciario.
Quince (15) internos
donde las edades oscilaban entre18-40 años de edad fueron objeto de esta
encuesta, se pudo presenciar que cinco (5) de ellos han consumido sustancias
controladas de dos a tres veces al día, y sus respuestas a que si le
propiciaban golpes cuatro (4) fueron afirmativas, decían
que el acto se realizaba con distintos objetos y de diferentes maneras
por parte de los funcionarios del centro, mi gran interrogante es ¿cómo
ingresan las sustancias controladas al centro? es de gran tristeza que
esto siga ocurriendo en un CCR donde el ánimo de operar debe ser diferente y
donde la única finalidad debe ser la regeneración de interno, y en ese mismo
tenor me pregunto ¿cómo lograremos un tratamiento efectivo y
una regeneración acabada con estas irregularidades? Lo cierto es que con estos
actos no podemos lograr la finalidad para lo que fue creado el sistema penitenciario.
El trato inhumano no es parte del modelo diseñado para
este sistema, por lo que propiciarle golpizas a los internos no es la solución,
y es aquí donde se ven vulnerados los derechos fundamentales como lo es la
dignidad humana consagrada en la carta magna de la República Dominicana en su
Art. 38 que expresa lo siguiente: “El estado se fundamenta en el respeto a la
dignidad de la persona y se organiza para la protección real y efectiva de los
derechos fundamentales que le son inherentes, a la dignidad del ser humano es
sagrada, innata e inviolable; su respeto
y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos”.
Cuando este hecho sucede, inmediatamente se convierten
en víctimas de un sistema que está llamado a
tutelar y ser partícipes de los derechos fundamentales consagrados en la
constitución Dominicana y en los Tratados Internacionales.
Las preguntas enfocadas a lo que vivieron antes de su
ingreso, pude percibir que cinco (5) de ellos se
desenvolvían en actos
irregulares y que no recibieron una educación acabada, entre algunas de sus
anécdotas 7 de ellos no tenían ocupación permanentes por lo que
claramente me expresaban que se dedican a realizar actos ilícitos, 2
eran profesionales y solo uno estaba estudiando en la universidad, ahí se puede
evidenciar claramente que el ocio da paso a una serie de conductas
antisociales.
Los ilícitos penales cometidos eran muy variables
donde aproximadamente 7 cometieron homicidios la mayoría consumados y
voluntarios, 2 de los profesionales estaban condenados por drogas y uno
de abuso sexual, uno de estafa y otro de violencia de género, dos condenados
por robo, uno por tentativa de homicidio. La mayoría padecían de alguna
enfermedad donde señalaban que eran
llevados al centro de salud a tiempo, y también padecían de delirio de
persecución, para ellos este era un mecanismo de seguridad para salvaguardar
sus vidas. En la parte final de la encuesta se le preguntaba si eran inocentes,
era de esperarse que la mayoría contestaron afirmativamente.
De forma positiva en el CCR se evidenció los
departamentos rotulados, áreas limpias y organizadas, estos aspectos merecen
ser destacados, puesto que esa es una de
los funciones esenciales del centro, el cual debe de tener una alto respeto a
la dignidad humana, tener espacios físicos organizados y personal capacitados
de la manera más idónea para llevar a cabo, la finalidad un tratamiento eficaz, siendo el
mismo parte de la función esencial del Estado consagrado en su Art. 8 de la
constitución Dominicana ´´ Es función del esencial del Estado, la protección
efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la
obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria,
equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de
justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los
derechos de todos y todas´´.
En mi íntima convicción los internos podrían ser víctimas dependiendo bajo qué condiciones se encuentren, el Estado está llamado a crear
políticas necesarias para prevenir
hechos futuros y la acción de proporcionar medios para el desarrollo de sus
ciudadanos que puedan realizar diferentes oficios. También dependerá de que los
funcionarios de los centros penitenciarios funjan como entes protectores, y se encarguen de aplicar los
derechos fundamentales y las garantías mínimas para un buen desarrollo del
individuo.
´´Sostengo que cuanto más indefensa es una criatura, más derechos tiene
a ser protegida por el hombre contra la crueldad del hombre´´
Mahatma Gandhi
Ese es el espíritu de los derechos, proteger al débil
y en este caso son los internos frente a los hechos crueles que pudiesen vulnerar
principios inherentes de los derechos humanos.
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