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martes, 30 de diciembre de 2014

¿Los internos como ´´víctima´´?

Autor:  Lorianne G. Ryan Young                                       Profesor: Geovanny  Vicente Romero  

                          
Cuando hablamos de víctima en el sentido estricto de la palabra nos referimos a aquella persona que sufre un daño físico, psicológico y material ocasionado por otra persona. Planteo la interrogante como tema, ya que una gran parte de la sociedad no asimilan que los internos pudiesen ser víctimas antes y después de su ingreso al centro, los mismos son tachados como escorias de la sociedad, sin que en sus mentes existiese la posibilidad de que  una percepción más alentadora pudiera ser asociada a la persona del interno. Sin temor a equivocarme no solo la condición de ´´victimas´´  se da antes y después de su ingreso, sino a la salida del centro penitenciario, inmediatamente se convierten en víctimas, primero, por la sociedad que no perdona y son discriminados  sin piedad  y segundo, por el Estado que no proporciona los medios para la reinserción eficaz del individuo.

El sentir de muchos es que el fin es el aspecto sancionador y que la misma  se cumpla bajo condiciones infrahumanas y  esto tiene como consecuencia la educación de la que es receptora la sociedad a través de los años, no sabiendo que cuando una persona comete un ilícito penal son varios aspectos los que influyen y que el fin del castigo no debe ser la pena, sino el hecho de regenerar al individuo para que pueda reinsertase en la sociedad y serle útil a la misma.

Los centros penitenciarios en nuestro país eran una especie de criaderos de animales, cuya única voluntad era la incapacidad del ser humano, siendo humanos estábamos sumergidos en una franca violación de los derechos fundamentales los cuales son inherentes al ser humano. Pero es de gran satisfacción la implementación del sistema modelo penitenciario, sistema que sin lugar a dudas ha revolucionado y evolucionado el derecho penitenciario. Y es que en el tema de  humanidad en la República Dominicana, con el nuevo modelo penitenciario crecemos paso a paso y le otorga condiciones dignas al interno, el cual no solo beneficia  de manera interna sino también a la colectividad.

 Al acudir al centro modelo de la ciudad de San Pedro de Macorís, desde su inicio se pudo observar la organización de las visitas al centro, donde fuimos requisados por el personal y entregamos nuestras identificaciones, luego entramos al comedor de manera organizada y realizamos una encuesta donde estábamos circunscritos a un cuestionario y pudimos recolectar informaciones sobre la ´´´victimización de los internos´´ en el cual  parpamos el sentir con sus intensas palabras e identificamos  lo que viven y lo que vivieron antes de su ingreso al centro penitenciario.

Quince (15) internos donde las edades oscilaban entre18-40 años de edad fueron objeto de esta encuesta, se pudo presenciar que cinco (5) de ellos han consumido sustancias controladas de dos a tres veces al día, y sus respuestas a que si le propiciaban golpes cuatro (4) fueron afirmativas,   decían que el acto se realizaba   con distintos objetos y de diferentes maneras por parte de los funcionarios del centro, mi gran interrogante es ¿cómo ingresan las sustancias controladas al centro? es de gran tristeza que esto siga ocurriendo en un CCR donde el ánimo de operar debe ser diferente y donde la única finalidad debe ser la regeneración de interno, y en ese mismo tenor me pregunto ¿cómo lograremos un tratamiento efectivo y una regeneración acabada con estas irregularidades? Lo cierto es que con estos actos no podemos lograr la finalidad para lo que fue creado el sistema penitenciario.
El trato inhumano no es parte del modelo diseñado para este sistema, por lo que propiciarle golpizas a los internos no es la solución, y es aquí donde se ven vulnerados los derechos fundamentales como lo es la dignidad humana consagrada en la carta magna de la República Dominicana en su Art. 38 que expresa lo siguiente: “El estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales que le son inherentes, a la dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos”. 

Cuando este hecho sucede, inmediatamente se convierten en víctimas de un sistema que está llamado a  tutelar y ser partícipes de los derechos fundamentales consagrados en la constitución Dominicana y en los Tratados Internacionales.

Las preguntas enfocadas a lo que vivieron antes de su ingreso, pude percibir que cinco (5) de ellos se 
desenvolvían en actos irregulares y que no recibieron una educación acabada, entre algunas de sus anécdotas 7 de ellos no tenían ocupación permanentes por lo que claramente me expresaban que se dedican a realizar actos ilícitos, 2 eran profesionales y solo uno estaba estudiando en la universidad, ahí se puede evidenciar claramente que el ocio da paso a una serie de conductas antisociales.

Los ilícitos penales cometidos eran muy variables donde aproximadamente 7 cometieron homicidios la mayoría consumados y voluntarios, 2 de los profesionales estaban condenados por drogas y uno de abuso sexual, uno de estafa y otro de violencia de género, dos condenados por robo, uno por tentativa de homicidio. La mayoría padecían de alguna enfermedad donde  señalaban que eran llevados al centro de salud a tiempo, y también padecían de delirio de persecución, para ellos este era un mecanismo de seguridad para salvaguardar sus vidas. En la parte final de la encuesta se le preguntaba si eran inocentes, era de esperarse que la mayoría contestaron afirmativamente.

De forma positiva en el CCR se evidenció los departamentos rotulados, áreas limpias y organizadas, estos aspectos merecen ser  destacados, puesto que esa es una de los funciones esenciales del centro, el cual debe de tener una alto respeto a la dignidad humana, tener espacios físicos organizados y personal capacitados de la manera más idónea para llevar a cabo,  la finalidad un tratamiento eficaz, siendo el mismo parte de la función esencial del Estado consagrado en su Art. 8 de la constitución Dominicana ´´ Es función del esencial del Estado, la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y  todas´´.

En mi íntima convicción los internos podrían ser víctimas  dependiendo bajo qué  condiciones  se encuentren, el Estado está llamado a crear políticas necesarias para  prevenir hechos futuros y la acción de proporcionar medios para el desarrollo de sus ciudadanos que puedan realizar diferentes oficios. También dependerá de que los funcionarios de los centros penitenciarios funjan como entes  protectores, y se encarguen de aplicar los derechos fundamentales y las garantías mínimas para un buen desarrollo del individuo.
´´Sostengo que cuanto más indefensa es una criatura, más derechos tiene a ser protegida por el hombre contra la crueldad del hombre´´
Mahatma Gandhi
Ese es el espíritu de los derechos, proteger al débil y en este caso son los internos frente a los hechos crueles que pudiesen vulnerar principios inherentes de los derechos humanos.






















EL CENTRO DE CRIMINOLOGIA PENITENCIARIA Y CIENCIAS POLITICAS EN RD  NO SE HACE RESPONSABLE DEL CONTENIDO DE LOS ARTICULOS REALIZADOS POR SUS COLABORADORES. 

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