tag:blogger.com,1999:blog-7387278572185459022.post5099641248318828625..comments2024-02-20T10:07:39.215-08:00Comments on CENTRO DE CRIMINOLOGIA PENITENCIARIA Y SEGURIDAD CIUDADANA RD: LOS HEROES DEL SILENCIOCrimPenhttp://www.blogger.com/profile/02919753599248035039noreply@blogger.comBlogger2125tag:blogger.com,1999:blog-7387278572185459022.post-65454836868961192382015-02-17T08:06:12.680-08:002015-02-17T08:06:12.680-08:00En nuestra carta magna que es la constitución en s...En nuestra carta magna que es la constitución en su artículo 8 establece que la finalidad principal del estado es la protección efectiva de los derechos de la persona humana y el mantenimiento de los medios que le permitan al individuo perfeccionarse progresivamente. En este articulo y en todos los pactos internacionales de derechos humanos suscritos con la República Dominicana es que el legislador se inspira para establecer en el régimen penitenciario todo un catalogo de derechos que permitan como ya dice el citado artículo 8 proteger los derechos de las personas, y mantener los medios que le permitan perfeccionarse progresivamente, en este caso, para ser devuelto a la sociedad en capacidad de respeto a la ley.<br />Se está prohibido realizar dentro de los recintos carcelarios: torturas, maltratos, vejaciones o humillaciones contra los reclusos. Toda forma de discriminación entre los reclusos. Prohibición absoluta de bebidas alcohólicas y sustancias alucinógenas.<br />Prohibición en el establecimiento penitenciario de programas que atenten contra la moral y las buenas costumbres. Prohibición absoluta de que funcionen cantinas, pulperías, ventas o negocios en poder de los reclusos. De los juegos de azar y toda apuestas de dinero o especies en los juegos de destreza física y mental.<br />La finalidad del estado con la aplicación de las penas privativas de la libertad del individuo es retornarlo a la sociedad como un ente capaz de cumplir la ley. Pero para poder llegar a este resultado es preciso que se lleve a cabo un cierto orden en los recintos carcelarios, por lo cual el legislador ha establecido que el estado debe disponer de diferentes categorías de establecimientos, conforme a las penas. <br />Kardhiery Felizhttps://www.blogger.com/profile/14178268570545362933noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7387278572185459022.post-38588698199680236222015-02-17T08:05:13.737-08:002015-02-17T08:05:13.737-08:00
KARDIERHY VANESSA FELIZ ARIAS 88619
El Régimen le...<br />KARDIERHY VANESSA FELIZ ARIAS 88619<br />El Régimen legal Penitenciario en nuestro país a través de la constitución y la ley 224 de junio de 1984 se crea el régimen penitenciario. Un régimen que armoniza las penas privativas de libertad y los derechos fundamentales. El legislador Dominicano en el texto de la ley establece como su principal fin que mediante las penas privativas de libertad se llegue a la protección social y la readaptación del condenado, para restituirlo a la sociedad en voluntad y capacidad para respetar la ley. <br />Los recintos carcelarios están establecidos para reformar la conducta abstracta que se manejaban en las antiguas cárceles y recientes que quedan vigente, como por ejemplo hay cárceles en donde existen jefes de pandilla dentro de los mismos recintos y personas que controlan espacios determinados.<br />Me sumo a los que creen que dentro de los recintos si existen personas capaces de cambiar teniendo en cuenta que son seres humanos iguales que nosotros que han cometido algún crimen quizás rodeados situaciones desesperantes en la vida, personas que en algún momento tuvieron una vida normal, un hogar, una familia y que hoy no cuentan con ninguna de esas virtudes y solo les acompaña el amargo muro de esos barrotes.<br />Kardhiery Felizhttps://www.blogger.com/profile/14178268570545362933noreply@blogger.com